Hay preguntas que no envejecen. Cada semana, miles de personas en España se sientan frente a una pantalla y buscan lo mismo: cómo se calcula su pensión, qué pasa si les faltan años, cuánto pierden si se jubilan antes. Las respuestas existen, pero están dispersas en documentos oficiales que nadie lee, en páginas de organismos públicos que nadie entiende del todo, y en foros donde conviven el consejo certero y el error de buena fe.
Este artículo recoge las dudas más recurrentes sobre el cálculo de la pensión de jubilación en España. No como resumen de manual, sino con la profundidad que necesita quien tiene que tomar decisiones reales. Porque detrás de cada pregunta hay alguien que está decidiendo si trabaja dos años más, si acepta un despido, si firma una baja voluntaria o si pide la pensión ya. Decisiones que, bien informadas, pueden suponer cientos de euros al mes de diferencia.
Se explica con precisión, sin jerga innecesaria, y con atención a los matices que cambian el resultado.
Tabla de contenidos
Cómo funciona el cálculo de la pensión: el esquema que hay que tener claro
Antes de entrar en las dudas concretas, conviene tener claro el esquema general. El sistema de pensiones contributivas en España calcula la cuantía a partir de dos variables principales: la base reguladora y el porcentaje aplicable. La primera determina de cuánto se parte. La segunda, qué proporción de ese importe se cobra.
La base reguladora se obtiene de las bases de cotización de los últimos 25 años trabajados (desde 2022, y el periodo se mantendrá en 25 años, aunque hubo propuestas para ampliarlo). Esas bases se actualizan con el IPC para deshacer el efecto de la inflación. Se suman y se dividen entre 350 meses, y el resultado es la base reguladora mensual.
El porcentaje depende de los años cotizados. Con 15 años se accede al 50% de la base reguladora. Cada año adicional suma hasta llegar al 100%, que se alcanza con 36 años y 6 meses cotizados en 2025 (ese umbral se irá ajustando hasta llegar a los 37 años en 2027).
La pensión resultante no puede superar el máximo establecido por ley cada año, ni ser inferior al mínimo garantizado (aunque este mínimo tiene condiciones). Ambos topes se revisan anualmente.
Para un análisis más detallado del proceso completo, puede consultarse cómo se calcula la pensión paso a paso, donde se desarrolla cada fase con ejemplos.
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Las dudas más frecuentes, con respuesta directa
1. ¿Qué son exactamente los «últimos 25 años cotizados» y desde cuándo se cuentan?
Es la pregunta que más confusiones genera, y con razón: la fórmula no es tan intuitiva como parece.
Los 25 años no se cuentan hacia atrás desde el momento en que se solicita la pensión, sino desde el hecho causante, es decir, el día en que se produce la jubilación. Normalmente, ese día es el primero del mes siguiente a la solicitud o al cese del trabajo.
Desde ese punto se toman los 300 meses anteriores de cotización efectiva (que equivalen a 25 años). Pero hay una particularidad: los meses en los que no hubo cotización (lagunas) no se saltan automáticamente. Se incluyen en el cómputo, integrados con bases de cotización mínimas o nulas, según el tipo de laguna. Esto hace que algunas personas crean que sus lagunas «no cuentan» cuando en realidad sí afectan a la base reguladora, aunque de forma diferente según cuándo ocurrieron.
Otro error frecuente: confundir los 25 años del periodo de cálculo con los años totales cotizados a lo largo de la vida laboral. Son cosas distintas. Los años totales determinan el porcentaje. El periodo de los últimos 25 años determina la base reguladora. Alguien puede tener 40 años cotizados en total, pero si los últimos 25 fueron de salarios bajos, su base reguladora será menor de lo que esperaría.
2. ¿Qué pasa si durante esos 25 años hubo periodos sin cotizar?
Las lagunas de cotización se tratan de una forma concreta que muchos desconocen. La norma actual establece que:
- Las primeras 48 mensualidades de laguna (cuatro años) se integran con la base mínima de cotización vigente en cada momento. Es decir, no se cuentan como cero, sino con un valor reducido pero no nulo.
- A partir del mes 49 de laguna, la integración se hace con el 50% de esa base mínima.
Esto tiene un impacto real: cuantas más lagunas haya en el periodo de cálculo, más se diluye la base reguladora final. No de forma catastrófica si son periodos breves, pero sí de forma significativa si la persona ha tenido años enteros sin trabajar dentro de ese periodo de 25 años.
Lo que no se suele explicar bien es que, si la persona tiene suficientes años cotizados por encima de los 25 exigidos para el cálculo, puede resultar más conveniente que el periodo de referencia «caiga» en años de mayor salario, aunque eso no se puede elegir directamente: el cálculo parte siempre desde el hecho causante hacia atrás.
3. ¿Cómo afecta haber trabajado a tiempo parcial?
El trabajo a tiempo parcial tiene un tratamiento especial que muchos trabajadores desconocen hasta que están cerca de jubilarse, y que suele deparar alguna sorpresa desagradable.
Por un lado, las bases de cotización durante los periodos a tiempo parcial son proporcionales al salario real, lo que reduce la base reguladora en esa proporción. Si alguien trabajó diez años al 50% de jornada, sus bases de esos años serán aproximadamente la mitad de las de un trabajador a tiempo completo con el mismo convenio.
Por otro lado, el cómputo de los periodos cotizados para alcanzar el porcentaje máximo tiene sus propias reglas. Desde la reforma de 2023, se aplica un coeficiente de parcialidad que permite que los años trabajados a tiempo parcial cuenten en mayor proporción para el acceso a la pensión (aunque no al 100%). La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que obligó a España a reformar este sistema fue un punto de inflexión: antes, las trabajadoras a tiempo parcial —mayoritariamente mujeres— sufrían una penalización doble que el Tribunal consideró discriminatoria.
El resultado práctico: quien ha trabajado muchos años a tiempo parcial puede tener acreditados legalmente los años de cotización exigidos para jubilarse, pero con una pensión notablemente inferior por la diferencia en bases de cotización.
4. ¿Cuánto porcentaje de pensión corresponde a cada año cotizado?
Esta es una de las tablas que más se consultan y más se malinterpretan. El porcentaje no es lineal a lo largo de toda la carrera: sube más rápido al principio y más despacio al final.
| Años cotizados | Porcentaje de la base reguladora |
|---|---|
| 15 años | 50% |
| 16 años | 53% |
| 17 años | 56% |
| 18 años | 59% |
| 19 años | 62% |
| 20 años | 65% |
| 21 años | 68% |
| 22 años | 71% |
| 23 años | 74% |
| 24 años | 77% |
| 25 años | 80% |
| 26 años | 82% |
| 27 años | 84% |
| 28 años | 86% |
| 29 años | 88% |
| 30 años | 90% |
| 31 años | 92% |
| 32 años | 94% |
| 33 años | 96% |
| 34 años | 97% |
| 35 años | 98% |
| 36 años | 99% |
| 36 años y 6 meses (2025) | 100% |
Lo importante aquí es entender que el salto más grande es al principio: los primeros 15 años dan el 50%. Del año 15 al 25, se sube otros 30 puntos. Del 25 en adelante, los incrementos son de 2 puntos por año hasta estabilizarse en los últimos tramos. Quien está evaluando si merece la pena trabajar dos o tres años más debería mirar exactamente en qué tramo de la tabla se encuentra, porque no es lo mismo pasar del año 24 al 25 (tres puntos de diferencia en el porcentaje) que pasar del año 35 al 37 (apenas dos puntos en dos años).
Para ver cómo se traduce esto en euros concretos, el porcentaje de pensión según los años cotizados desarrolla estos tramos con simulaciones reales.
5. ¿La base reguladora es lo mismo que el último salario?
No. Y esta confusión es origen de muchas decepciones.
La base reguladora es un promedio de las bases de cotización de los últimos 25 años, actualizado con el IPC. No es el último salario, ni siquiera el salario medio de esos años en términos nominales, porque se aplican coeficientes de actualización monetaria.
Hay personas que, con buenas expectativas, hacen mentalmente el cálculo de «mi último sueldo por el porcentaje de mis años cotizados» y se llevan una sorpresa al ver la pensión real. Varios factores pueden hacer que la base reguladora sea inferior al salario actual:
- Años de salarios bajos dentro del periodo de cálculo (inicio de carrera, trabajos precarios, periodos de paro).
- Lagunas de cotización que introducen bases mínimas en el cómputo.
- Años a tiempo parcial con bases reducidas.
- Cotización por bases inferiores al salario real (práctica que afecta especialmente a autónomos que cotizaban por el mínimo).
También puede ocurrir lo contrario: que la base reguladora sea cercana o igual al último salario si la trayectoria ha sido estable y bien cotizada a lo largo de todo el periodo. Pero es menos frecuente de lo que la gente supone.
En cómo calcular la base reguladora con un ejemplo real se puede ver paso a paso cómo funciona el cálculo con cifras concretas.
6. ¿Qué pasa si me jubilo antes de la edad ordinaria?
La jubilación anticipada tiene un coste específico que se aplica sobre la pensión calculada y que muchos subestiman hasta que ven el número final.
Existen dos tipos principales: la voluntaria (cuando se pide antes de tiempo sin mediar causa externa) y la involuntaria o forzada (cuando hay despido, ERTE de extinción, o cierre de empresa). Las condiciones y penalizaciones difieren.
En la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes reductores se aplican por cada trimestre que falta para la edad ordinaria. En 2025, esos coeficientes oscilan entre el 1,56% y el 1,875% por trimestre, dependiendo de los años cotizados. Para alguien que se jubile dos años antes de la edad ordinaria, la penalización puede rondar el 10-15% de la pensión calculada, de forma permanente y no recuperable.
En la jubilación anticipada involuntaria, los coeficientes son más bajos (entre el 1,3125% y el 1,5625% por trimestre), lo que supone una penalización algo menor. Además, el acceso se puede producir hasta cuatro años antes de la edad ordinaria en lugar de los dos años de la voluntaria.
Lo que hay que entender bien es que estos porcentajes se aplican sobre la pensión ya calculada (base reguladora por porcentaje de años cotizados), no sobre el salario. Y que son de por vida: no se recuperan cuando se cumple la edad ordinaria.
7. ¿Qué es la pensión máxima y cómo me afecta?
El sistema de pensiones en España establece un tope máximo anual que se revisa cada año. En 2025, la pensión máxima es de 3.267,60 euros al mes en 14 pagas, lo que equivale a 45.746,40 euros brutos anuales.
Quien tiene bases de cotización altas y muchos años cotizados puede llegar a calcular una pensión teórica por encima de ese límite. En ese caso, la pensión se recorta hasta el máximo legal, con independencia de lo que arroje el cálculo. Es el llamado «techo de la pensión».
Esto tiene una consecuencia que pocos anticipan: para los trabajadores con salarios altos, hay un punto a partir del cual cotizar más años o más dinero no aumenta la pensión real. Todos los años cotizados adicionales más allá del umbral que ya permite alcanzar el máximo son, desde el punto de vista de la pensión pura, neutros. Esto cambia el análisis para quien se plantea retrasar la jubilación esperando mejorar su pensión cuando ya está en el tope.
El complemento por retraso de la jubilación (el incentivo por aplazar más allá de la edad ordinaria) sí puede superar ese máximo en algunos casos concretos, con una fórmula distinta. Pero es la excepción.
8. ¿Qué es la pensión mínima y cuándo se tiene derecho a ella?
El sistema garantiza una pensión mínima a quienes, cumpliendo los requisitos de acceso a la jubilación contributiva, tienen una pensión calculada por debajo de ese umbral. Este complemento se llama complemento por mínimos y exige que la persona no tenga otros ingresos que superen una cantidad determinada (en 2025, aproximadamente 8.942 euros anuales si no hay cónyuge a cargo, o algo más si lo hay).
Los importes mínimos para 2025 varían según la edad y la situación familiar:
| Situación | Pensión mínima mensual (14 pagas) |
|---|---|
| Con cónyuge a cargo | 1.032,80 € |
| Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 841,60 € |
| Con cónyuge no a cargo | 796,80 € |
| Menores de 65 años (con cónyuge a cargo) | 961,80 € |
| Menores de 65 años (sin cónyuge) | 782,50 € |
Un matiz relevante: el complemento por mínimos tiene en cuenta los ingresos del hogar, no solo los del pensionista. Si la pareja trabaja o tiene rentas, eso puede afectar al derecho al complemento, aunque no a la pensión contributiva calculada.
9. ¿Los años cotizados antes de 1994 cuentan igual?
Sí, pero con una particularidad. Para el cómputo de años totales cotizados (que determina el porcentaje), todos los años cuentan sin excepción, independientemente de cuándo se cotizaron.
El asunto se complica con la base reguladora. Como el periodo de cálculo abarca los últimos 25 años anteriores al hecho causante, en muchos casos ya no incluye cotizaciones de antes de 1994 o incluso de antes de 2000. La base reguladora se nutre de cotizaciones recientes, no de las más antiguas.
Lo que sí puede seguir presente en ese cálculo, si la carrera profesional fue larga, son bases de cotización de los años noventa o dos mil, que se actualizan con el IPC para que no estén infravaloradas por la inflación histórica. Ese mecanismo de actualización es el que garantiza cierta justicia entre quienes han cotizado durante muchos años, aunque sus primeros salarios fueran nominalmente bajos.
10. ¿Se puede calcular la pensión antes de pedirla?
Sí. La Seguridad Social ofrece varias vías para obtener una estimación:
- Tu Seguridad Social (sede electrónica): con certificado digital o Cl@ve, se puede acceder al informe de vida laboral y a una simulación orientativa de la pensión. El servicio se llama «¿Cuándo me puedo jubilar?» y está disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Solicitud presencial o telefónica del informe de vida laboral: no calcula la pensión directamente, pero proporciona los datos necesarios para hacer la estimación.
- Revisión manual de bases de cotización: con la vida laboral completa y las bases de los últimos 25 años (que se pueden pedir por separado), es posible hacer el cálculo con bastante precisión.
Lo que no hace la estimación de la Seguridad Social es incorporar todos los matices del caso personal: lagunas, trabajo a tiempo parcial, carreras mixtas entre regímenes, o posibles errores en la vida laboral. Para eso, o se hace el cálculo manual, o se consulta con un gestor o asesor especializado.
Una cosa fundamental antes de calcular: revisar la vida laboral con atención para detectar errores. Es más habitual de lo que parece encontrar meses que no aparecen, empresas que no cotizaron correctamente, o periodos que se han omitido. Un error no corregido puede suponer una pensión menor de por vida.
11. ¿Qué pasa con la pensión si he trabajado en dos regímenes distintos?
Quien ha cotizado tanto en el Régimen General como en el de Autónomos (RETA), o en cualquier combinación de regímenes, tiene lo que se llama una carrera mixta. El tratamiento de estas carreras es uno de los asuntos más complejos del sistema.
En principio, los periodos cotizados en regímenes diferentes se suman para determinar si se cumple el requisito de acceso y para calcular el porcentaje aplicable. Sin embargo, la base reguladora puede calcularse de forma diferente según desde qué régimen se pide la pensión.
Hay casos en que conviene pedir la pensión desde un régimen concreto porque las bases de cotización de ese régimen son más favorables. Esto requiere análisis específico, ya que el sistema tiene normas anti-solape para evitar duplicidades, pero también permite, en ciertos casos, acumular pensiones de distintos regímenes si se cumplen las condiciones.
12. ¿Cómo afectan los periodos de desempleo al cálculo?
Depende del tipo de prestación por desempleo y de cuándo ocurrió.
Cuando se cobra el paro contributivo (la prestación por desempleo ordinaria), la Seguridad Social cotiza por la persona a efectos de la pensión, aunque sobre una base reducida. Esos periodos cuentan como cotizados y se integran en el cálculo con las bases correspondientes.
Cuando se agota la prestación contributiva y se pasa al subsidio por desempleo, el trato es diferente: en algunos casos se cotiza a la Seguridad Social (por ejemplo, durante el subsidio para mayores de 52 años, que sí genera cotizaciones), pero en otros no. El subsidio ordinario no genera cotizaciones para la pensión.
Para quienes tengan largos periodos de paro en los últimos 25 años, la integración de lagunas explicada anteriormente aplica igualmente: si no hay cotización efectiva ni subsidio que la genere, esos meses se integran con bases mínimas o con el 50% de estas, según el tramo.
13. ¿El convenio especial con la Seguridad Social sirve para mejorar la pensión?
El convenio especial es un acuerdo por el que una persona que deja de trabajar —o trabaja en situaciones no cubiertas por el sistema— puede seguir cotizando de forma voluntaria. Se paga directamente a la Seguridad Social y permite mantener o acumular años cotizados y bases de cotización.
Su utilidad depende del momento en que se usa. Si queda poco para cumplir los años mínimos de acceso a la pensión, el convenio puede desbloquear el derecho. Si se usa para mejorar la base reguladora en los últimos años antes de jubilarse, el efecto depende de cuánto se cotiza y a qué base: cotizar por la base mínima produce el efecto mínimo; cotizar por bases más altas puede mejorar la pensión, pero hay que hacer el cálculo coste-beneficio.
No es una fórmula mágica. Tiene sentido en situaciones específicas y para perfiles concretos. Usarlo mal —cotizando por bases bajas durante años sin necesidad— puede resultar más un gasto que una inversión.
Errores de cálculo que cuestan dinero real
Más allá de las dudas conceptuales, hay errores concretos que se cometen con frecuencia y que tienen consecuencias medibles en la pensión final.
No revisar la vida laboral
Es el error más costoso y el más silencioso. La vida laboral puede contener omisiones, empresas que no cotizaron o cotizaron mal, periodos de maternidad no incluidos, o incluso trabajos que se han registrado incorrectamente. Cada mes que falta es un mes que no computa ni en años cotizados ni en base reguladora. Y rectificar errores que superan cierta antigüedad puede ser complicado sin la documentación adecuada.
Confundir años cotizados con años trabajados
No son lo mismo. Un trabajador puede haber trabajado 30 años pero con periodos sin alta, sin cotización real o con empleadores que incumplieron. Lo que cuenta es lo que aparece en la vida laboral y lo que se puede acreditar.
Calcular la pensión sobre el salario bruto completo
La cotización a la Seguridad Social en España tiene una base máxima de cotización anual (en 2025, 4.909,50 euros al mes). Los salarios que superan ese tope cotizan solo hasta ese límite. Eso significa que quien gane 8.000 euros al mes no tiene una base de cotización de 8.000 euros: tiene como máximo 4.909,50. Su pensión no refleja el salario real completo.
No tener en cuenta el impacto fiscal
La pensión es rendimiento del trabajo a efectos del IRPF. No se cobra íntegra: se retiene una parte en concepto de impuesto. Quien espera cobrar 1.400 euros de pensión calculada puede estar confundiendo la pensión bruta con la neta. La diferencia varía según el nivel de pensión y la situación familiar, pero puede ser significativa a partir de ciertos importes.
Subestimar el efecto de la jubilación anticipada
Los coeficientes reductores se aplican permanentemente. Jubilarse dos años antes puede suponer entre un 10% y un 15% menos de pensión durante décadas. En términos absolutos, a lo largo de 20 o 25 años de pensión, la diferencia acumulada puede superar con creces cualquier beneficio de haberse jubilado antes.
La pensión que se ve y la que se cobra: bruta y neta
Hay una pregunta que no llega siempre de forma explícita pero que subyace en casi todas las conversaciones sobre pensiones: ¿cuánto dinero entra realmente en la cuenta?
La pensión bruta es el importe calculado antes de impuestos y retenciones. La pensión neta es lo que efectivamente cobra el pensionista. La diferencia la marca principalmente la retención del IRPF, que depende del importe total de ingresos (no solo de la pensión, sino también de otros rendimientos que pueda tener el pensionista) y de las circunstancias personales.
A modo orientativo, para una pensión bruta de 1.200 euros mensuales la retención puede ser mínima o nula. Para una pensión de 2.000 euros, puede rondar el 10-12%. Para pensiones cercanas al máximo, la retención puede superar el 20%.
Además, la pensión lleva aparejada una pequeña cotización de solidaridad hacia la Seguridad Social (la cotización de los pensionistas por incapacidad temporal y otras contingencias menores), que también reduce ligeramente el importe neto.
Cuándo merece la pena retrasar la jubilación
Hay un incentivo real para quien retrasa la jubilación más allá de la edad ordinaria. Por cada año completo que se trabaje después de cumplir la edad ordinaria con los años de cotización suficientes, la pensión mejora mediante un complemento que puede adoptar una de estas formas (a elección del interesado):
- Un porcentaje adicional de pensión (entre el 2% y el 4% por año, según los años cotizados).
- Una cantidad a tanto alzado.
- Una combinación de ambos.
Este incentivo sí puede superar el tope máximo de pensión en algunos casos, lo que lo hace especialmente atractivo para quien ya está o cerca del techo ordinario.
Pero la decisión de retrasar no es puramente matemática. Influyen la salud, la situación laboral, el tipo de trabajo, y el coste de oportunidad de seguir trabajando frente a empezar a cobrar. Para algunos perfiles, retrasar es racionalmente interesante; para otros, no compensa.
Lo que el simulador oficial no dice
Los simuladores de pensiones disponibles en la sede electrónica de la Seguridad Social son útiles como punto de partida, pero tienen limitaciones que conviene conocer.
Primero: parten de los datos que constan en el sistema, que pueden tener errores. Si la vida laboral está mal, la estimación también lo estará.
Segundo: no incorporan todos los escenarios de cotización futura. Hacen proyecciones lineales que asumen que el patrón salarial actual se mantiene hasta la jubilación, lo que puede ser realista o no.
Tercero: no simulan carreras mixtas con precisión, ni situaciones complejas de trabajo a tiempo parcial con variaciones de jornada a lo largo del tiempo.
Cuarto: no ofrecen la cifra neta (después de impuestos), solo la bruta calculada.
Son herramientas de orientación, no de planificación precisa. Para quien quiera una estimación fiable con la que tomar decisiones, lo recomendable es cruzar la estimación del simulador con los datos reales de la vida laboral y, si hay situaciones complejas, consultar con un profesional.
El contexto que cambia las reglas del juego
El sistema de pensiones en España no es estático. Las reformas de los últimos años han modificado algunos parámetros importantes: el periodo de cálculo, los coeficientes de anticipación, los requisitos de años cotizados para el 100%, y la forma de actualizar las pensiones (el índice de revalorización basado en el IPC).
Hay cambios que estaban previstos y se están aplicando de forma gradual. El número de años exigidos para el 100% de la pensión, por ejemplo, sube paulatinamente hasta 2027. Quien se jubile en 2026 o 2027 tiene condiciones ligeramente distintas a quien lo hizo en 2022. Estas transiciones se aplican automáticamente según el año del hecho causante, pero muchas personas calculan su pensión con tablas desactualizadas.
Para quien quiera un panorama completo de los cambios en vigor este año, en jubilación en 2026: claves, números y decisiones se recogen las condiciones actuales con detalle.
Mantenerse informado no es una cuestión de curiosidad: en un sistema que cambia cada pocos años, calcular la pensión con datos de hace tres años puede llevar a errores de planificación significativos. La Seguridad Social publica cada año las bases y topes actualizados en el Boletín Oficial del Estado, y vale la pena consultarlos directamente.
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Cada semana, lo más importante sobre pensiones, fiscalidad y trámites. En lenguaje humano. Sin rodeos. Un clic para darte de baja si no te convence.
Preguntas frecuentes sobre el cálculo de la pensión
¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar el 100% de la pensión en 2025?
En 2025, se necesitan 36 años y 6 meses cotizados para acceder al 100% de la base reguladora. Este umbral sigue aumentando: en 2026 serán 36 años y 9 meses, y en 2027 se alcanzará el máximo de 37 años, que quedará fijo a partir de entonces. Cotizar menos no impide jubilarse, pero la pensión resultará proporcionalmente menor según la tabla de porcentajes vigente.
¿Qué son las lagunas de cotización y cómo afectan a la pensión?
Las lagunas de cotización son los periodos en los que no hubo cotización a la Seguridad Social dentro del periodo de cálculo de la pensión (los últimos 25 años). Las primeras 48 mensualidades de laguna se integran en el cálculo con la base mínima de cotización vigente en cada momento. A partir del mes 49, se integran con el 50% de esa base mínima. Esto reduce la base reguladora final y, por tanto, la pensión, aunque no la elimina. Cuantas más lagunas haya en el periodo de referencia, mayor será el impacto.
¿Cómo se calcula la base reguladora de la pensión?
La base reguladora se calcula tomando las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años) anteriores al hecho causante de la jubilación. Las bases de los 24 meses más recientes se incluyen con su valor nominal. Las del resto del periodo (los 276 meses anteriores) se actualizan aplicando el índice de precios al consumo para corregir el efecto de la inflación. Se suman todas las bases (actualizadas y sin actualizar) y se divide el total entre 350. El resultado es la base reguladora mensual sobre la que se aplica el porcentaje correspondiente a los años cotizados.
¿Cuánto pierde la pensión quien se jubila dos años antes de la edad ordinaria?
En la jubilación anticipada voluntaria, la penalización se aplica por trimestre que falta para la edad ordinaria de jubilación. El coeficiente por trimestre oscila entre el 1,56% y el 1,875% según los años cotizados (más años cotizados implica menor coeficiente). Jubilarse dos años antes supone ocho trimestres de penalización, lo que puede traducirse en una reducción de entre el 12,5% y el 15% de la pensión calculada. Esta reducción es permanente y no se recupera al cumplir la edad ordinaria.
¿La pensión de jubilación tributa en el IRPF?
Sí. La pensión de jubilación contributiva se considera rendimiento del trabajo a efectos del IRPF y tributa según la escala general del impuesto. El INSS aplica retenciones mensuales sobre el importe bruto de la pensión. El tipo de retención depende del importe total de la pensión y de las circunstancias personales del pensionista. Las pensiones bajas pueden tener retención nula o muy reducida; las pensiones más altas pueden soportar retenciones superiores al 20%. Al hacer la declaración anual, el resultado puede dar a pagar o a devolver dependiendo de los ingresos totales del año.
¿Puedo mejorar mi pensión cotizando más en los últimos años antes de jubilarme?
Depende de la situación concreta. Dado que la base reguladora se calcula sobre los últimos 25 años, los últimos años de cotización tienen un peso real en el cálculo: si se cotizan bases más altas en esos años, la base reguladora mejora. Sin embargo, la mejora se diluye entre 350 meses (el divisor del cálculo), por lo que el incremento en la pensión mensual es proporcional pero no espectacular. Además, existe un techo de cotización: las bases de cotización no pueden superar la base máxima establecida por ley cada año, independientemente del salario real.
¿Qué ocurre si la pensión calculada queda por debajo del mínimo garantizado?
Cuando la pensión contributiva calculada es inferior al mínimo establecido por ley, el sistema aplica un complemento por mínimos que eleva la pensión hasta ese umbral, siempre que el pensionista no tenga otros ingresos que superen un límite anual (en torno a 8.942 euros en 2025, sin cónyuge a cargo). El importe del mínimo varía según la edad del pensionista y su situación familiar. Si los ingresos adicionales superan ese límite, el complemento se reduce o desaparece, aunque la pensión contributiva calculada se mantiene íntegra.
¿Es posible que la Seguridad Social tenga errores en mi vida laboral?
Sí, y ocurre con más frecuencia de lo que se suele admitir. Los errores más comunes incluyen meses o años no registrados, periodos de maternidad o paternidad no correctamente imputados, empresas que no comunicaron altas o bajas a tiempo, y categorías profesionales incorrectas que afectan a las bases de cotización. Revisar la vida laboral completa antes de jubilarse es un paso fundamental. Los errores pueden rectificarse presentando documentación acreditativa (nóminas, contratos, liquidaciones), aunque los de mayor antigüedad pueden ser más difíciles de corregir por la falta de documentación disponible.