En 2022, el Gobierno redujo el límite de aportación a planes de pensiones individuales de 2.000 a 1.500 euros anuales. Muy pocos se enteraron. Menos aún cambiaron nada. Y una parte significativa de quienes tienen un plan abierto sigue aportando sin haber calculado si les conviene, cuánto deben aportar exactamente o en qué momento el ahorro fiscal se convierte en una trampa diferida. La decisión de cuánto aportar al plan de pensiones no es automática: depende del tipo marginal de IRPF, de los ingresos previstos en la jubilación y de cómo se piensa rescatar el dinero.
En resumen
El límite de aportación a un plan de pensiones individual es de 1.500 euros anuales en 2025. La deducción en IRPF depende del tipo marginal: a mayor tramo, mayor ahorro. Aportar compensa especialmente cuando el marginal supera el 30 %, pero hay que considerar que el rescate tributa como rendimiento del trabajo. Ajustar la aportación al salto de tramo fiscal es la clave para maximizar el beneficio sin generar un problema tributario en la jubilación.
Tabla de contenidos
El contexto que nadie explica: qué ha cambiado y por qué importa
Durante años, el plan de pensiones individual fue presentado como el instrumento de ahorro para la jubilación por excelencia. La deducción en IRPF era su argumento estrella: cada euro aportado reduce la base imponible, lo que se traduce en un ahorro fiscal inmediato. El límite máximo era de 8.000 euros anuales, luego bajó a 2.000, y desde 2022 está en 1.500 euros para los planes individuales.
Ese recorte no fue caprichoso. El legislador quiso desincentivar los planes individuales —mayoritariamente contratados en banca privada con comisiones elevadas— y promover los planes de empleo, donde el empleador también aporta y las condiciones suelen ser más favorables. El resultado práctico es que para la mayoría de trabajadores, el beneficio fiscal de un plan individual se ha reducido de forma considerable, y la pregunta sobre cuánto aportar se ha vuelto más estratégica que nunca.
No es que el plan de pensiones haya dejado de tener sentido. Es que su lógica ha cambiado, y conviene entenderla antes de firmar una orden de domiciliación.
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Los límites de aportación vigentes en 2025
El límite de aportación no es único ni simple. Varía según el tipo de plan y la situación del partícipe. En términos generales, existen tres grandes marcos que determinan cuánto puede deducirse:
Plan de pensiones individual
El límite anual es de 1.500 euros, siempre que no supere el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Quien gane 20.000 euros brutos al año podrá aportar hasta 1.500 euros sin problema; quien gane 4.000 euros al año tendrá un límite efectivo de 1.200 euros (el 30 % de 4.000), aunque el máximo legal sea 1.500. El límite que aplica es siempre el menor de los dos.
Plan de pensiones de empleo
Las aportaciones del empleador al plan de pensiones de empleo tienen un límite independiente de 8.500 euros anuales. Adicionalmente, el trabajador puede hacer aportaciones propias que complementen las del empleador, con el límite de que la suma total —empresa más trabajador— no supere esos 8.500 euros. La clave aquí es que la aportación del empleador tributa para el trabajador como retribución en especie, pero queda exenta dentro del límite legal.
Para los trabajadores autónomos acogidos a los planes de pensiones de empleo simplificados (PPES), existe la posibilidad de aportar hasta 4.250 euros adicionales a los 1.500 del plan individual, lo que elevaría el máximo deducible a 5.750 euros anuales.
Aportaciones a favor del cónyuge
Es posible aportar al plan de pensiones del cónyuge con unos ingresos netos del trabajo inferiores a 8.000 euros anuales. El límite es de 1.000 euros adicionales, con reducción en la base imponible del declarante que realiza la aportación, no de quien recibe el plan.
| Tipo de aportación | Límite anual | Límite adicional | Condición |
|---|---|---|---|
| Plan individual (partícipe) | 1.500 € | — | Máx. 30 % rendimientos netos trabajo/actividad |
| Plan de empleo (empresa + trabajador) | 8.500 € total | — | Empresa aporta; trabajador puede complementar hasta alcanzar el total |
| Autónomo con PPES | 1.500 € (individual) | 4.250 € (PPES) | Suma máxima: 5.750 € anuales |
| Aportación a favor del cónyuge | 1.000 € | — | Cónyuge con rendimientos netos inferiores a 8.000 €/año |
| Personas con discapacidad (partícipe) | 24.250 € | — | Discapacidad ≥ 65 %; 10.000 € para aportantes sin discapacidad |
Es importante no confundir el límite de aportación con el límite de deducción fiscal. Puede aportarse más dinero del que marca el límite legal —el plan lo acepta—, pero el exceso no reducirá la base imponible. Ese exceso puede compensarse en los cinco ejercicios siguientes si no se ha podido deducir por insuficiencia de base imponible, lo cual es un alivio para quien acumula sin planificar.
La mecánica de la deducción: cómo funciona realmente
La deducción por plan de pensiones no actúa directamente sobre la cuota tributaria, sino sobre la base imponible general. No es lo mismo: una deducción en cuota reduce euro a euro lo que se paga; una reducción en base imponible reduce el importe sobre el que se calcula el tipo. El efecto práctico depende del tramo marginal en el que se encuentre el contribuyente.
Ejemplo concreto: una persona con base imponible de 45.000 euros que aporta 1.500 euros al plan de pensiones pasa a tener una base de 43.500 euros. Los 1.500 euros que salen del tramo del 37 % generan un ahorro fiscal de 555 euros. Ese es el ahorro real: no 1.500 euros devueltos, sino 555 euros menos a pagar en la declaración de la renta —o 555 euros más de devolución si la retención ya era suficiente.
Dicho de otro modo: el Estado financia parte de la aportación al plan de pensiones a través del ahorro fiscal. Cuanto más alto sea el tipo marginal, mayor es esa financiación implícita. A un marginal del 19 %, el Estado aporta 285 euros por cada 1.500 aportados. A un marginal del 45 %, aporta 675 euros. La diferencia es sustancial.
Tramos del IRPF en 2025 y el valor real de cada euro aportado
El IRPF en España es un impuesto progresivo con escala estatal y escala autonómica. El tipo total —la suma de ambas— varía según la comunidad autónoma, pero los valores orientativos de uso generalizado (con la escala autonómica media o la de referencia del Estado) son los que se recogen a continuación.
| Base liquidable (€) | Tipo marginal aprox. | Ahorro fiscal por 1.500 € | Coste neto de la aportación |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 | 19 % | 285 € | 1.215 € |
| 12.451 – 20.200 | 24 % | 360 € | 1.140 € |
| 20.201 – 35.200 | 30 % | 450 € | 1.050 € |
| 35.201 – 60.000 | 37 % | 555 € | 945 € |
| 60.001 – 300.000 | 45 % | 675 € | 825 € |
| Más de 300.000 | 47 % | 705 € | 795 € |
Los tipos son orientativos y pueden variar varios puntos según la comunidad autónoma de residencia. Andalucía, Madrid o la Comunitat Valenciana tienen escalas autonómicas propias que modifican el resultado final. Para el cálculo preciso conviene consultar la escala vigente en cada territorio, disponible en la Agencia Tributaria.
Cómo ajustar la aportación al tipo marginal
La estrategia más básica —y la más ignorada— es aportar exactamente lo que necesita para no subir de tramo o para reducir la base hasta el límite inferior del tramo actual. Se llama «optimizar el salto de tramo» y puede tener un impacto fiscal notable.
Caso práctico: alguien con una base imponible de 36.500 euros se encuentra en el tramo del 37 %. Si aporta 1.300 euros al plan de pensiones, su base cae a 35.200 euros, el límite exacto del tramo inferior. Los 1.300 euros aportados reducen el impuesto en 481 euros (37 % de 1.300). Si no ajusta la aportación, puede que los últimos euros aportados sigan tributando al 30 % en lugar del 37 %, perdiendo eficiencia fiscal.
El proceso para calcular la aportación óptima sigue una lógica clara:
- Calcular la base imponible estimada del ejercicio. No confundir con el salario bruto: hay que restar las cotizaciones sociales, la reducción por rendimientos del trabajo y otras reducciones aplicables. La calculadora de la AEAT o una simulación en el borrador de renta es el punto de partida más fiable.
- Identificar el tramo marginal actual y el inmediatamente inferior. Calcular cuántos euros separan la base imponible del límite inferior de ese tramo. Esa cifra es el objetivo de aportación eficiente.
- Comparar ese objetivo con el límite legal de 1.500 euros. Si la distancia al tramo inferior supera 1.500 euros, la aportación máxima sería la más eficiente. Si está por debajo, la aportación óptima sería esa distancia exacta.
- Verificar que la aportación no supera el 30 % de los rendimientos netos del trabajo. Este límite puede ser restrictivo para quienes tienen salarios bajos o rendimientos variables.
- Calcular el ahorro fiscal neto. Multiplicar la aportación por el tipo marginal. Ese es el «descuento» efectivo que el Estado ofrece en el ejercicio corriente.
Esta optimización tiene sentido hacerla en el último trimestre del año, cuando ya se tiene una imagen bastante precisa de los ingresos anuales. Aportar en enero es legítimo, pero hacerlo en diciembre con los números definitivos es más eficiente.
El efecto que nadie calcula: cómo tributa el rescate
Aquí está la trampa que muchos descubren demasiado tarde. El dinero aportado al plan de pensiones no tributa en el año de la aportación —ese es el beneficio—, pero tributa íntegramente como rendimiento del trabajo en el año del rescate. No como ganancia patrimonial, no como rendimiento del capital: como si fuera un sueldo.
Eso significa que si en el año de la jubilación se rescatan 30.000 euros del plan de pensiones, esos 30.000 euros se suman a la pensión pública y al resto de ingresos, elevando la base imponible y aplicando los tipos más altos de la escala progresiva. Quien cobró una pensión de 18.000 euros y rescata 30.000 del plan tiene de repente una base de 48.000 euros, con los tramos del 37 % en acción.
El ahorro fiscal en la fase de aportación puede quedar neutralizado —o incluso revertirse— si el tipo marginal en la jubilación es similar o superior al que tenía durante la vida laboral. Esto ocurre con más frecuencia de lo que parece, especialmente cuando:
- La pensión pública es elevada (más de 2.000-2.500 euros mensuales).
- Hay otros ingresos en la jubilación: alquileres, dividendos, actividad por cuenta propia.
- Se rescata el plan en forma de capital en un único año, concentrando el impacto tributario.
- La pareja también tiene ingresos y se declara conjuntamente (aunque en muchos casos es mejor la declaración individual).
El rescate en forma de renta periódica —en lugar de capital a golpe único— es la forma más inteligente de gestionar el impacto fiscal en la mayoría de los casos. Distribuir el rescate en varios años permite mantenerse en tramos bajos y reducir el tipo efectivo. En nuestro artículo sobre elegir entre rescate en renta o en capital se analiza en detalle cuándo conviene cada modalidad y qué cifras manejar para tomar la decisión correcta.
Cuándo el plan de pensiones conviene
Con todo lo anterior sobre la mesa, hay escenarios concretos en los que el plan de pensiones individual sigue siendo un instrumento razonable dentro de una estrategia de ahorro para la jubilación:
Tramo marginal alto durante la vida laboral y bajo previsto en jubilación
Es el caso ideal. Un trabajador con ingresos en el tramo del 37-45 % que prevé jubilarse con una pensión pública modesta y rescatar el plan en rentas pequeñas puede beneficiarse de un diferencial de tipos relevante. El ahorro fiscal se produce al 37-45 % y la tributación en el rescate se produce al 19-24 %. Esa diferencia es ganancia neta.
Como complemento a otras estrategias de ahorro
El plan de pensiones no tiene por qué ser el único vehículo de ahorro. Combinado con fondos de inversión, acciones, ETFs o activos inmobiliarios, aporta un beneficio fiscal inmediato que los otros no ofrecen. En ese sentido, tiene sentido maximar los 1.500 euros anuales si el tramo marginal es elevado, y destinar el ahorro adicional a otros activos con mejor fiscalidad en el rescate.
Cuando el plan de empleo es el protagonista
Los planes de pensiones de empleo merecen análisis propio. Cuando el empleador aporta al plan del trabajador, ese dinero tiene un tratamiento favorable que no existe en ningún otro producto: tributa como retribución en especie exenta hasta el límite legal. Para el trabajador, es retribución diferida con coste fiscal menor que el salario directo. En este contexto, maximizar la aportación al plan de empleo —dentro del límite de 8.500 euros anuales— es casi siempre la decisión correcta si la empresa ofrece esa opción.
Ahorro forzado con ventaja fiscal
No todo es cálculo racional. Hay un componente de disciplina de ahorro que el plan de pensiones favorece: el dinero aportado está bloqueado hasta la jubilación (o supuestos excepcionales), lo que evita rescates impulsivos. Para quien sabe que sin restricciones no ahorra, esa iliquidez es un activo, no un pasivo.
Cuándo el plan de pensiones no conviene o conviene menos
La realidad es que, con el límite actual en 1.500 euros, el plan de pensiones individual ha perdido relevancia como instrumento central de planificación fiscal. Hay situaciones en las que claramente no es la mejor opción o en las que su ventaja es marginal:
Tramo marginal bajo o medio-bajo
Para alguien en el tramo del 19 % o del 24 %, el ahorro fiscal por los 1.500 euros anuales máximos es de 285 o 360 euros respectivamente. Esa cantidad no compensa la iliquidez del instrumento ni el riesgo de tributar al mismo tipo en el rescate. Un fondo de inversión o un ETF indexado ofrece mayor flexibilidad y, en el largo plazo, puede resultar más eficiente fiscalmente gracias a la tributación como ganancia patrimonial al tipo del ahorro (19-28 % dependiendo de la cantidad), no como rendimiento del trabajo.
Ingresos muy variables o etapas de baja tributación
Los autónomos con ingresos irregulares pueden tener años con bases imponibles muy bajas en los que aportar al plan tiene poco sentido fiscal. Lo lógico sería concentrar las aportaciones en los años de mayor renta, aprovechando los cinco años de compensación de excesos no deducidos. Pero esto requiere seguimiento activo que la mayoría no hace.
Necesidad de liquidez en el medio plazo
El plan de pensiones es ilíquido salvo supuestos específicos: enfermedad grave, desempleo de larga duración, desde 2025 también las aportaciones con más de diez años de antigüedad. Quien prevé necesitar el dinero antes de la jubilación no debería concentrar sus ahorros en un instrumento con acceso restringido.
Pensión pública alta y pocos años para la jubilación
Quien está a cinco años de jubilarse con una pensión pública estimada de 2.500 euros mensuales tiene poco margen de maniobra con el plan de pensiones. Con esos ingresos ya en el tramo del 37 %, cualquier rescate del plan se sumará a una base ya elevada. La ventaja fiscal queda prácticamente anulada. En este punto, conviene repasar el checklist fiscal para jubilados para identificar otras vías de optimización tributaria más eficaces en la etapa de jubilación.
El impacto del plazo temporal: cuánto tiempo tiene el dinero para crecer
Más allá de la fiscalidad, hay un factor que con frecuencia queda eclipsado por los cálculos de IRPF: el horizonte temporal. Una aportación de 1.500 euros anuales durante 20 años, con una rentabilidad media del 5 % anual, genera un capital final de aproximadamente 49.600 euros. Con una rentabilidad del 7 %, el resultado se eleva a 61.500 euros. Esos números son independientes del ahorro fiscal: la rentabilidad real del activo subyacente importa tanto como la deducción inicial.
El problema es que muchos planes de pensiones individuales comercializados por bancos tienen comisiones elevadas —entre el 1 % y el 1,75 % anual de gestión— que erosionan significativamente la rentabilidad a largo plazo. Un plan indexado con comisiones del 0,20 % puede superar en rentabilidad neta a un plan activo con comisiones del 1,5 %, incluso si el activo obtiene una rentabilidad bruta algo superior.
Al comparar opciones, la ecuación completa es: ahorro fiscal inicial + rentabilidad neta de comisiones − tributación en el rescate. Los tres componentes importan. Quedarse solo con el ahorro fiscal es leer la mitad del libro.
La regla del diferencial: el criterio decisivo
Existe una forma sencilla de decidir si aportar o no al plan de pensiones en términos fiscales: calcular el diferencial de tipos. Si el tipo marginal en la aportación es superior al tipo esperado en el rescate, el plan conviene fiscalmente. Si son iguales, el plan ni perjudica ni ayuda desde el punto de vista tributario (la rentabilidad del activo será el único diferencial). Si el tipo en el rescate es mayor, el plan perjudica.
La incertidumbre sobre los tipos futuros —tanto los propios ingresos en jubilación como la escala del IRPF de aquí a veinte años— introduce ruido en el cálculo. Para reducir esa incertidumbre, algunas consideraciones prácticas:
- Una pensión pública baja reduce el riesgo de tributar alto en el rescate. Conviene estimarla con la herramienta de simulación de la Seguridad Social.
- Rescatar en renta mensual pequeña —en lugar de capital de golpe— permite controlar la base imponible anual en la jubilación.
- Combinar el plan de pensiones con otros productos de ahorro que tributan al tipo del ahorro (dividendos, plusvalías) da margen de maniobra para gestionar la base imponible año a año.
Para quienes quieran profundizar en la mecánica general de los planes de pensiones antes de tomar decisiones de aportación, la guía completa sobre planes de pensiones privados cubre desde la selección del plan hasta la comparativa entre modalidades.
Errores frecuentes al aportar al plan de pensiones
Aportar el máximo sin calcular el tipo marginal
Muchos partícipes aportan 1.500 euros anuales de forma automática porque «es el máximo» y «se deduce en la renta». Correcto, pero incompleto. Si el tipo marginal es del 24 %, el ahorro es de 360 euros; si es del 37 %, el ahorro es de 555 euros. En el primer caso, hay que preguntarse si esa ventaja justifica la iliquidez durante décadas. No siempre la respuesta es sí.
Ignorar el efecto del rescate
La deducción de hoy tiene un coste diferido. Quien no calcula cómo tributará el rescate puede llevarse una sorpresa desagradable. No es infrecuente que personas con pensiones medianas y rescates en capital vean su tipo efectivo dispararse durante el año del rescate.
Concentrar todo el ahorro en el plan de pensiones
El plan de pensiones no debería ser el único instrumento de ahorro para la jubilación. Diversificar entre plan de pensiones (por la ventaja fiscal inmediata), fondos de inversión (por la flexibilidad y la tributación al tipo del ahorro) y activos reales (inmuebles, etc.) es una estrategia más robusta que concentrarlo todo en un único producto.
Elegir el plan por el banco, no por el activo
La mayoría de los planes de pensiones contratados en banca tradicional tienen comisiones de gestión elevadas que reducen la rentabilidad a largo plazo. Comparar las comisiones y el historial de rentabilidad antes de contratar —o traspasar el plan existente a uno más eficiente— puede suponer una diferencia de decenas de miles de euros en el largo plazo. Los traspasos entre planes son gratuitos y no tienen impacto fiscal.
No actualizar la estrategia según cambia la situación fiscal
La situación fiscal cambia con los años: ascensos, cambios de empleo, reducción de ingresos, herencias, rentas del capital. La estrategia de aportación al plan de pensiones debería revisarse cada dos o tres años para asegurarse de que sigue siendo eficiente. Una aportación que tenía sentido a los 45 años puede tener menos sentido a los 58, cuando la jubilación ya está próxima y la pensión pública estimada es más alta.
Olvidar la ventana de diez años
Desde 2025, los partícipes de planes de pensiones pueden rescatar las aportaciones realizadas con más de diez años de antigüedad sin necesidad de jubilarse. Esto cambia el cálculo de liquidez: no es que el dinero esté bloqueado hasta los 65 años, sino que las aportaciones de hace diez años o más son accesibles. Esta flexibilidad reduce uno de los argumentos en contra de los planes de pensiones, aunque la tributación en el rescate sigue siendo la misma.
Una mirada al panorama general: el plan de pensiones dentro de la planificación para la jubilación
El plan de pensiones es un instrumento más dentro de un ecosistema de decisiones financieras que incluye cotización a la Seguridad Social, ahorro e inversión en mercados, patrimonio inmobiliario y planificación del gasto. Optimizarlo en exceso a expensas de ignorar el resto es un error de perspectiva.
Hay algo que el plan de pensiones sí hace bien: forzar a pensar en la jubilación con antelación. Y hay algo que hace mal: crear la ilusión de que con 1.500 euros anuales y un ahorro fiscal de entre 285 y 675 euros ya está resuelto el problema de la pensión. No lo está. En el mejor de los casos, con treinta años de aportaciones y rentabilidad razonable, un plan de pensiones individual puede acumular 80.000-100.000 euros —suficiente para complementar durante algunos años, no para sustituir una pensión insuficiente.
La pregunta relevante no es solo «¿cuánto aporto al plan de pensiones?» sino «¿qué ingresos necesito en la jubilación y qué combinación de herramientas me lleva ahí de la forma más eficiente?». El plan de pensiones puede ser parte de la respuesta. Raramente es toda la respuesta.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo aportar al plan de pensiones en 2025?
El límite para un plan de pensiones individual es de 1.500 euros anuales, con el techo adicional del 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Para planes de empleo, el límite conjunto (empresa más trabajador) es de 8.500 euros anuales. Los autónomos con planes de empleo simplificados (PPES) pueden sumar hasta 4.250 euros adicionales a los 1.500 del plan individual, alcanzando los 5.750 euros anuales.
¿Cuánto me devuelve Hacienda por aportar al plan de pensiones?
El ahorro fiscal depende del tipo marginal de IRPF. Por una aportación de 1.500 euros, el ahorro es de 285 euros si el marginal es del 19 %, 360 euros al 24 %, 450 euros al 30 %, 555 euros al 37 % y 675 euros al 45 %. Ese ahorro se materializa al presentar la declaración de la renta, como menor cuota a pagar o mayor devolución, según las retenciones ya practicadas a lo largo del año.
¿Compensa aportar al plan de pensiones si mi tipo marginal es bajo?
Con un marginal del 19 % o 24 %, el ahorro fiscal es limitado: entre 285 y 360 euros por los 1.500 euros máximos anuales. En esos casos, un fondo de inversión o un ETF indexado puede ser más eficiente a largo plazo: tributa como ganancia patrimonial (al 19-28 %) en lugar de como rendimiento del trabajo (hasta el 47 %), ofrece mayor liquidez y suele tener comisiones inferiores. El plan de pensiones tiene más sentido cuanto más alto sea el tipo marginal.
¿Cómo tributa el rescate del plan de pensiones?
Las prestaciones del plan de pensiones tributan íntegramente como rendimiento del trabajo en el IRPF del año del rescate. Se suman a la pensión pública y al resto de ingresos, aplicándose los tipos generales de la escala progresiva. Rescatar en forma de renta periódica pequeña permite controlar la base imponible y reducir el tipo efectivo frente al rescate en capital de golpe, que puede disparar el tipo aplicable en un solo ejercicio.
¿Puedo rescatar el plan de pensiones antes de jubilarme?
Sí, en varios supuestos: enfermedad grave del partícipe o familiares dependientes, desempleo de larga duración, y desde 2025, para las aportaciones con más de diez años de antigüedad (sin necesidad de justificar ningún supuesto excepcional). En todos los casos, el rescate tributa como rendimiento del trabajo, igual que en la jubilación. Esta nueva ventana de liquidez a los diez años reduce uno de los principales inconvenientes del instrumento.
¿Es mejor aportar al plan de pensiones o a un fondo de inversión?
Depende del tipo marginal y de la situación fiscal prevista en la jubilación. Con marginal alto (37 % o más) y pensión pública baja, el plan de pensiones puede ser más eficiente por el diferencial de tipos entre aportación y rescate. Con marginal bajo o pensión alta, el fondo de inversión suele ganar en flexibilidad y fiscalidad en el rescate (tipo del ahorro frente a tipo del trabajo). La estrategia óptima combina ambos instrumentos según cada caso.
¿Cómo ajusto la aportación al plan de pensiones para optimizar el IRPF?
El método más eficiente es calcular la base imponible estimada del ejercicio y determinar cuántos euros separan esa base del límite inferior del tramo marginal. Si esa distancia es inferior a 1.500 euros, se aporta exactamente esa cantidad para «bajar de tramo». Si supera los 1.500 euros, se aporta el máximo legal. Esta optimización conviene hacerla en el cuarto trimestre, cuando los ingresos anuales ya están prácticamente definidos.
¿Tiene sentido aportar al plan de pensiones a los 55 o 60 años?
Sí, pero con más cautela que a los 40. A los 55-60 años, la jubilación está próxima y la pensión pública es más fácil de estimar. Si la pensión prevista es alta, el rescate del plan sumará a una base ya elevada, reduciendo el diferencial fiscal. Si la pensión es moderada y se planea rescatar en renta pequeña durante muchos años, el plan sigue siendo eficiente. La clave es calcular el tipo esperado en el rescate y compararlo con el marginal actual antes de aportar.