Rescatar el plan de pensiones: formas de cobro y cómo pagar menos impuestos

Cuando llega el momento de rescatar el plan de pensiones, muchas personas se dan cuenta de que la decisión no es tan sencilla como sacar el dinero y ya está. La forma en que decides cobrarlo, todo de golpe, poco a poco o una combinación de ambas, cambia radicalmente lo que Hacienda se queda por el camino.

En esta guía te explicamos, con ejemplos y cifras reales, las tres formas de rescatar un plan de pensiones, cómo tributa cada una en el IRPF, qué pasa con las aportaciones anteriores a 2007 y por qué elegir mal el año del rescate puede costarte varios miles de euros de más en impuestos.

Qué significa rescatar el plan de pensiones y cuándo puedes hacerlo

Rescatar el plan de pensiones consiste en solicitar a la entidad gestora que te entregue, total o parcialmente, el dinero acumulado durante años de aportaciones. No es un trámite automático, tienes que pedirlo tú, cuando se cumple alguno de los supuestos que permite la ley.

El supuesto más habitual es la jubilación. También puedes rescatar el plan de pensiones en caso de incapacidad permanente, dependencia severa, fallecimiento (lo cobran los beneficiarios), desempleo de larga duración o enfermedad grave.

Desde 2015 existe además la posibilidad de rescatar las aportaciones con diez años de antigüedad, aunque no te hayas jubilado. Esto significa que, a partir de 2025, prácticamente todo el ahorro acumulado en un plan de pensiones puede movilizarse si así lo decides, sin esperar a dejar de trabajar.

Antes de dar el paso conviene tener claro cuánto vas a cobrar de pensión pública y en qué fecha exacta te jubilas, porque ambas cosas afectan a la estrategia fiscal. Puedes repasar cómo funciona el cálculo en nuestra guía sobre cómo se calcula la pensión de jubilación.

Las tres formas de rescatar el plan de pensiones: capital, renta y mixto

La ley te da libertad para elegir cómo rescatar el plan de pensiones, y esa elección es la decisión fiscal más importante que vas a tomar en todo el proceso. Existen tres modalidades principales.

Rescate en forma de capital

Consiste en cobrar todo el dinero de golpe, en un único pago. Es la opción más sencilla de entender, pero también la que suele generar una factura fiscal más alta, porque todo el importe se suma de una vez a tus ingresos del año.

Rescatar en forma de capital tiene sentido si necesitas una cantidad grande para un fin concreto, cancelar una hipoteca, por ejemplo, o si el importe acumulado es pequeño y no va a alterar mucho tu tramo del IRPF.

Rescate en forma de renta

Aquí, en lugar de recibir todo de golpe, cobras el dinero repartido en pagos periódicos, mensuales, trimestrales o anuales, durante un tiempo determinado o de forma vitalicia. Es la fórmula que más se parece a un complemento de tu pensión pública.

Rescatar en forma de renta permite repartir la carga fiscal a lo largo de varios ejercicios, evitando que un único año dispare tu tipo marginal. Es la opción que suele recomendarse cuando el plan tiene un saldo considerable.

Rescate mixto

Combina las dos anteriores, una parte se cobra en capital y el resto se convierte en una renta periódica. Es la fórmula más flexible y, para muchos ahorradores, la que mejor equilibra liquidez inmediata y eficiencia fiscal.

Rescatar el plan de pensiones de forma mixta suele ser la opción preferida por los asesores cuando el importe acumulado es alto, porque permite atender una necesidad puntual sin disparar el tipo impositivo de golpe.

Cómo solicitar el rescate del plan de pensiones paso a paso

Rescatar el plan de pensiones no requiere ningún trámite ante la Seguridad Social ni ante Hacienda, se gestiona directamente con el banco, la aseguradora o la gestora que administra tu plan.

El primer paso es acreditar que se cumple la contingencia que da derecho al rescate. Si es por jubilación, basta con presentar el certificado o la resolución de jubilación que emite el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el INSS.

El segundo paso es elegir la modalidad de cobro, capital, renta o mixto, y comunicarla por escrito a la entidad gestora, normalmente mediante un formulario específico que ellos mismos te facilitan.

El tercer paso corresponde a la entidad: calcula el importe exacto, aplica la retención a cuenta del IRPF que corresponda según las tablas de retenciones sobre rendimientos del trabajo y transfiere el dinero a tu cuenta.

Esa retención no es el impuesto definitivo, sino solo un anticipo. El ajuste real se hace en la declaración de la renta del ejercicio siguiente, donde se suma todo lo cobrado a lo largo del año y se aplica la tarifa que corresponda.

Ten en cuenta que, si tienes varios planes de pensiones en diferentes entidades, puedes cobrar cada uno en un momento distinto y con una modalidad distinta. Esto te da un margen extra de maniobra para repartir el impacto fiscal entre distintos ejercicios, sobre todo si has ido acumulando aportaciones en más de un producto a lo largo de tu vida laboral.

Cómo tributa el rescate del plan de pensiones en el IRPF

Este es el punto que más confunde a la gente, así que vamos a dejarlo claro desde el principio: todo lo que cobras al rescatar el plan de pensiones tributa como rendimiento del trabajo, se integra en la base general del IRPF y se suma a tu pensión pública, tu sueldo o cualquier otro ingreso que tengas ese año.

No tributa como ganancia patrimonial ni tiene un tipo fijo, como sí ocurre con otros productos de ahorro. Esto es clave, porque la base general es la que soporta los tipos marginales más altos de la tarifa del IRPF, que la Agencia Tributaria actualiza cada año y que puede llegar a superar el 45% en los tramos superiores según la comunidad autónoma.

Un ejemplo práctico: si cobras 40.000 euros de golpe al rescatar el plan de pensiones en el mismo año en que ya tienes una pensión pública de 18.000 euros, Hacienda no te aplica un tipo único sobre esos 40.000 euros. Los suma a tu base general y aplica la tarifa progresiva, así que buena parte de ese dinero puede acabar tributando a tipos del 37%, 45% o incluso más, dependiendo de tu comunidad.

Si en cambio decides rescatar el plan de pensiones en forma de renta, por ejemplo 8.000 euros al año durante cinco años, cada uno de esos importes se suma de forma mucho más moderada a tu base general anual, y es probable que buena parte tribute a tipos sensiblemente más bajos.

Aquí conviene repasar también cómo funciona la retención de tu pensión pública, porque ambas rentas conviven en la misma declaración. Te lo explicamos con detalle en nuestra guía sobre cómo tributa la pensión de jubilación en el IRPF.

Ejemplo práctico: cuánto se paga según cómo rescates el plan de pensiones

Para ver el efecto con números, imagina que has acumulado 60.000 euros en tu plan de pensiones, todos aportados después de 2007, así que no se aplica la reducción del 40%, y que tu pensión pública ronda los 16.000 euros anuales.

Si rescatas el plan de pensiones en forma de capital único, esos 60.000 euros se suman de golpe a los 16.000 euros de pensión, así que tu base general ese año ronda los 76.000 euros. Según la escala estatal del IRPF, que la Agencia Tributaria actualiza cada año y que va del 19% al 47%, con tramos adicionales según la comunidad autónoma, buena parte de ese dinero cae en los tramos del 37% y el 45%.

Si en cambio decides rescatar el plan de pensiones en forma de renta durante diez años, unos 6.000 euros anuales, tu base general cada año ronda los 22.000 euros, un tramo bastante más moderado. A lo largo de la década pagarás sensiblemente menos IRPF por el mismo dinero.

Con un rescate mixto, por ejemplo 20.000 euros en capital el primer año y 40.000 euros repartidos en ocho años de renta, consigues liquidez inmediata sin que tu base general se dispare tanto como con el capital íntegro.

Este ejemplo es orientativo, tu caso concreto depende de tu comunidad autónoma, tus otros ingresos y de si conservas aportaciones anteriores a 2007. Aun así, sirve para entender por qué la forma en que rescatas el plan de pensiones puede suponer una diferencia de miles de euros en la factura fiscal final.

La reducción del 40% al rescatar aportaciones anteriores a 2007

Si empezaste a aportar a tu plan de pensiones antes del 1 de enero de 2007, existe un beneficio fiscal que todavía puede ayudarte a pagar menos al rescatar el plan de pensiones: la reducción del 40% sobre la parte del capital correspondiente a esas aportaciones antiguas.

Esta reducción, regulada por la disposición transitoria de la Ley 35/2006 del IRPF, solo se aplica si cobras esa parte en forma de capital, un único cobro, no en forma de renta. Y tiene un plazo muy estricto que conviene no perder de vista.

Los plazos, según establece la normativa recogida en el BOE, son estos:

Si te jubilaste antes de 2011, el plazo para aplicar la reducción del 40% terminó en 2018, ocho ejercicios después de la jubilación, salvo excepciones puntuales ya agotadas.

Si te jubilas a partir de 2011, tienes de plazo el propio año de la jubilación y los dos ejercicios siguientes para rescatar esa parte del capital con derecho a la reducción del 40%.

En la práctica, esto significa que si tienes aportaciones anteriores a 2007 y te jubilas este año, deberías valorar seriamente rescatar esa parte antigua en forma de capital dentro de los tres años siguientes a tu jubilación, porque pasado ese plazo pierdes el derecho a la reducción de forma definitiva.

Este beneficio no aplica a las aportaciones realizadas a partir de 2007, que siempre tributan al 100% cuando las rescatas, sea cual sea la modalidad elegida.

Cuándo rescatar el plan de pensiones para pagar menos impuestos

El momento en que decides rescatar el plan de pensiones puede ser tan importante como la forma que elijas. Un error muy común es rescatar el capital el mismo año en que empiezas a cobrar la pensión pública, sin caer en que ambos ingresos se suman en la misma declaración.

Si tu último año trabajando tuviste un salario alto, y además cobras indemnización, paga extra o vacaciones no disfrutadas, ese ejercicio puede tener ya una base general elevada. Rescatar el plan de pensiones en capital ese mismo año dispara aún más el tipo marginal aplicable.

Una estrategia habitual, y que conviene valorar con calma antes de decidir, es esperar al año siguiente a la jubilación para rescatar el plan de pensiones, cuando tu único ingreso suele ser la pensión pública y tu base general es más baja. También puedes repartir el rescate en varios años mediante la modalidad de renta, como vimos antes.

Otra variable a tener en cuenta es la edad a la que te jubilas y el tipo de jubilación, ordinaria, anticipada o demorada, porque puede cambiar el momento en que accedes a la pensión pública y, por tanto, el año en que conviene rescatar el plan de pensiones. Puedes repasar los distintos supuestos en nuestra guía sobre la jubilación anticipada y sus requisitos de acceso.

En cualquier caso, antes de rescatar el plan de pensiones conviene hacer una simulación con las cifras reales de tu declaración, sumando pensión pública, otros ingresos y el importe del rescate, para ver en qué tramo del IRPF acabas cayendo cada año.

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Errores frecuentes al rescatar el plan de pensiones

Hay varios fallos que se repiten una y otra vez entre quienes deciden rescatar el plan de pensiones sin haberlo planificado con tiempo.

El primero es rescatarlo todo en capital sin comparar con la opción de renta, atraídos por tener el dinero disponible cuanto antes. En muchos casos esa prisa se traduce en pagar miles de euros más de IRPF de los necesarios.

El segundo es olvidar el plazo de la reducción del 40% para las aportaciones anteriores a 2007. Si dejas pasar esos años, pierdes un beneficio fiscal que no se recupera después.

El tercero es no coordinar el rescate con el resto de ingresos del año, como el salario de los últimos meses trabajados, una indemnización o los rendimientos de otros ahorros e inversiones.

El cuarto error es no informarse bien sobre las condiciones y comisiones de la entidad gestora antes de solicitar el rescate, sobre todo si el plan lleva años en pérdidas. Si es tu caso, te interesa revisar antes nuestra guía sobre planes de pensiones en pérdidas.

Y el quinto, muy relacionado con todo lo anterior, es no pedir una simulación fiscal previa a un profesional o a la propia Agencia Tributaria antes de rescatar el plan de pensiones, especialmente cuando el importe acumulado es elevado.

Conclusión

Rescatar el plan de pensiones no tiene una fórmula única válida para todos: depende de cuánto has acumulado, de tus otros ingresos, de si tienes aportaciones anteriores a 2007 y de cuándo te jubilas exactamente.

Como norma general, cuanto mayor sea el importe acumulado, más sentido tiene repartir el cobro en forma de renta o mixta, y revisar con calma si te conviene esperar al año siguiente a la jubilación para rescatar el plan de pensiones y así evitar que se dispare tu tipo marginal.

Antes de tomar la decisión, haz números con tu situación real: suma tu pensión pública, tus otros ingresos y el importe que planeas rescatar, y comprueba en qué tramo del IRPF acabas cayendo cada año. Esa simulación previa es la diferencia entre pagar lo justo o pagar de más a Hacienda.

Si tienes dudas sobre tu caso concreto, especialmente si acumulas aportaciones muy antiguas o varios planes en distintas entidades, merece la pena consultar con un asesor fiscal antes de firmar la solicitud, porque una vez cobrado el dinero ya no hay marcha atrás.

Comprueba tu caso en la fuente oficial

Las cuantías y requisitos pueden cambiar. Antes de tomar una decisión, contrasta tu expediente en:

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