IRPF de la pensión de jubilación: retenciones y declaración

La pensión de jubilación tributa en el IRPF como un rendimiento del trabajo. Pero el porcentaje que el INSS retiene cada mes no es el impuesto definitivo: es un anticipo. La cifra final depende de la pensión anual, la comunidad autónoma, la edad, la situación familiar y el resto de ingresos.

La idea que evita casi todos los errores

No existe una tabla universal de «IRPF de los pensionistas». Dos personas con la misma pensión pueden tener retenciones y cuotas distintas. Compara siempre el bruto anual, las circunstancias personales y todos los pagadores.

Fuentes oficiales revisadas: Agencia Tributaria, tributación de pensiones, obligación de declarar en Renta 2025, gastos deducibles y pensiones exentas. Revisión: 27 de agosto de 2026.

Cómo tributa la pensión de jubilación

La pensión pública se integra, con carácter general, en los rendimientos del trabajo. Se declara por su importe bruto anual: la suma de las mensualidades ordinarias y extraordinarias antes de descontar las retenciones.

Después se aplican los gastos, reducciones, mínimos y escalas estatales y autonómicas que correspondan. Por eso no es correcto multiplicar toda la pensión por el tramo más alto alcanzado.

Concepto Qué significa
Pensión bruta Importe reconocido antes de retenciones
Retención Anticipo mensual ingresado por el INSS en Hacienda
Pensión neta Lo que llega a la cuenta tras la retención
Cuota final del IRPF Resultado de la declaración con todos los ingresos y circunstancias

Cuánto IRPF te retienen de la pensión

El INSS calcula el tipo de retención con la pensión anual prevista y los datos personales y familiares disponibles. Entre otros factores influyen:

  • importe bruto anual;
  • edad y discapacidad;
  • situación familiar y descendientes o ascendientes con derecho a mínimo;
  • pensión compensatoria o anualidades no exentas;
  • regularizaciones producidas durante el año.

Una retención del 8% no significa que todo el ingreso tribute al 8%, ni que ese sea el tipo final. Si tienes alquileres, intereses, rescates de planes, trabajo compatible u otra pensión, el INSS no necesariamente los incorpora al calcular su anticipo.

No uses tablas de retención genéricas

Los tipos del IRPF son progresivos y la parte autonómica cambia según el lugar de residencia. Además, los mínimos no se restan sin más del ingreso: intervienen en el cálculo de la cuota. La forma fiable de estimarlo es usar el servicio oficial de cálculo de retenciones de la Agencia Tributaria con tus datos del ejercicio.

Primero necesitas el importe bruto correcto

Estima tu pensión antes de calcular impuestos

Compara fechas y mensualidades con tus datos. Después aplica el IRPF al conjunto de tus ingresos, no a una cifra genérica.

Calcular mi pensión

La calculadora estima la jubilación; no sustituye una liquidación fiscal personalizada.

Ventajas fiscales que pueden reducir la cuota

Las pensiones no tienen una exención general por edad, pero sí se benefician de reglas aplicables a los rendimientos del trabajo y de los mínimos personales.

Gasto general de 2.000 euros

Los perceptores de rendimientos del trabajo aplican, con carácter general, 2.000 euros anuales como «otros gastos» para calcular el rendimiento neto, con el límite previsto en la ley.

Reducción para rendimientos del trabajo más bajos

En Renta 2025, la reducción puede aplicarse cuando el rendimiento neto del trabajo es inferior a 19.747,50 euros y las rentas no exentas distintas del trabajo no superan 6.500 euros. El programa de Renta WEB hace el cálculo; no debe restarse dos veces ni confundirse con el gasto de 2.000 euros.

Mínimo por edad

Situación al cierre del ejercicio Mínimo estatal del contribuyente
Con carácter general 5.550 €
Mayor de 65 años 6.700 €
Mayor de 75 años 8.100 €

Las comunidades autónomas pueden establecer importes propios para el tramo autonómico. La edad se valora conforme a las reglas de devengo del impuesto, normalmente a 31 de diciembre.

Dos pagadores: qué cambia y qué no

Tener dos pagadores no aumenta por sí mismo el impuesto. El problema habitual es que cada pagador retiene sin conocer exactamente lo abonado por el otro y el anticipo conjunto queda corto.

En el año de la jubilación suelen coexistir:

  • el salario pagado por la empresa;
  • la pensión abonada por el INSS.

También puede haber dos pagadores con una pensión española y otra extranjera, una pensión de Clases Pasivas o un trabajo compatible.

Límites de Renta 2025, presentada en 2026

Rendimientos del trabajo Límite general
Un pagador 22.000 €
Varios pagadores y el segundo y restantes no superan 1.500 € en conjunto 22.000 €
Varios pagadores y el segundo y restantes superan 1.500 € 15.876 €
Pagador no obligado a retener, como ciertas pensiones extranjeras 15.876 €

Estos límites solo resuelven la obligación por rendimientos del trabajo y corresponden al ejercicio 2025. Capital, inmuebles, ganancias, actividades económicas, ingreso mínimo vital u otros supuestos pueden obligar a declarar aunque la pensión no alcance esas cifras. Comprueba cada campaña en la Agencia Tributaria.

El modelo 146: para qué sirve realmente

El modelo 146 no es el formulario general para comunicar cualquier cambio al INSS. Está pensado para pensionistas cuyos únicos rendimientos del trabajo son prestaciones pasivas de dos o más pagadores y que solicitan a la Agencia Tributaria que determine un tipo de retención conjunto.

Si se cumplen sus condiciones, el límite de obligación de declarar puede mantenerse en 22.000 euros. Entre ellas, el número de pagadores no debe aumentar y las prestaciones reales no deben desviarse en más de 300 euros de las comunicadas.

Para pedir al INSS una retención voluntaria superior o comunicar cambios personales, utiliza el trámite específico de prestaciones y aporta la información que corresponda. No presentes el modelo 146 como sustituto de esa comunicación.

¿Puedes pedir que te retengan más?

Sí. Si prevés otros ingresos o no quieres que la declaración salga a pagar, puedes solicitar al INSS un tipo voluntario superior. La retención adicional no reduce el impuesto: adelanta una parte mayor durante el año.

Antes de aumentarla, haz una simulación completa. Retener de más puede darte tranquilidad, pero también significa prestar dinero a Hacienda hasta la devolución.

Pensiones que están exentas

La jubilación ordinaria y la viudedad tributan con carácter general. Entre las exenciones más relevantes están:

  • prestaciones contributivas de la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez;
  • pensiones de Clases Pasivas por inutilidad o incapacidad que inhabilite por completo para toda profesión u oficio;
  • prestaciones por actos de terrorismo y otras exenciones expresamente previstas.

La incapacidad permanente total para la profesión habitual no está incluida en la exención general de absoluta y gran invalidez. En prestaciones extranjeras hay que acreditar la equivalencia y comprobar el convenio aplicable.

Pensión extranjera y residencia fiscal

Si resides fiscalmente en España, una pensión extranjera puede tener que declararse aquí aunque el pagador no practique retención. El convenio para evitar la doble imposición decide qué país puede gravarla y puede distinguir entre pensiones privadas y las derivadas de empleo público.

No apliques una regla universal a todas las pensiones de Alemania, Francia, Italia u otro país. Revisa el artículo específico del convenio, la naturaleza del empleo y los impuestos ya pagados.

Rescate de un plan de pensiones

El rescate de un plan de pensiones también tributa, con carácter general, como rendimiento del trabajo y se suma a la pensión pública. Cobrar una cantidad grande en un solo año puede elevar el tipo marginal de parte de los ingresos.

La reducción transitoria del 40% solo puede afectar a determinadas aportaciones anteriores a 2007 y está sujeta a plazos y condiciones. Antes de rescatar, compara capital, renta y cobro mixto en varios ejercicios. Consulta nuestra guía para rescatar un plan de pensiones pagando menos impuestos.

Mutualistas y reducción de la pensión declarada

Algunos pensionistas con aportaciones históricas a mutualidades pueden aplicar la disposición transitoria segunda de la Ley del IRPF. No significa que toda persona que trabajó antes de 1979 deje de tributar por una parte fija: depende de la mutualidad, los períodos y si las aportaciones pudieron reducirse en su momento.

Comprueba los datos incorporados por la Agencia Tributaria y la información disponible en el apartado específico de mutualistas antes de modificar el borrador.

Cómo revisar la declaración paso a paso

  1. Descarga el certificado de retenciones del INSS. Comprueba bruto y retención.
  2. Revisa todos los pagadores. Empresa, INSS, Clases Pasivas, pensiones extranjeras y planes.
  3. Confirma edad y situación familiar. Los mínimos deben corresponder a la situación del ejercicio.
  4. Añade el resto de rentas. Alquileres, intereses, ventas, ayudas e imputaciones.
  5. Comprueba exenciones y reducciones. No las apliques solo porque el borrador no las muestre.
  6. Simula individual y conjunta. En matrimonios, compara ambos resultados antes de presentar.
  7. No confirmes solo porque sale a devolver. Un borrador incompleto también puede acabar en comprobación.

Errores frecuentes

  • Creer que el tramo máximo se aplica a toda la pensión. El impuesto es progresivo.
  • Confundir retención con cuota definitiva. La declaración ajusta todos los anticipos.
  • Pensar que dos pagadores cobran un impuesto extra. Cambian retenciones y límites, no la naturaleza del IRPF.
  • Usar el modelo 146 para cualquier modificación. Tiene un supuesto específico para prestaciones pasivas de varios pagadores.
  • Olvidar una pensión extranjera. Puede no tener retención y sí obligación de declarar.
  • Rescatar el plan completo sin simular. Se acumula con el resto del trabajo.
  • Aplicar cifras de otra campaña. Los límites y medidas fiscales deben verificarse cada año.

La conclusión

Calcula por separado tres cosas: pensión bruta, retenciones practicadas y cuota final con todas tus rentas. Solo así sabrás si te están reteniendo poco, mucho o lo razonable.

Cambios explicados sin letra pequeña

Cada viernes revisamos pensiones, impuestos y decisiones con fuentes oficiales, tanto si preparas la jubilación como si ya la cobras.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje de IRPF tiene una pensión de jubilación?

No existe un porcentaje único. Depende del bruto anual, comunidad, edad, familia, discapacidad y demás rentas.

¿La pensión tributa en 12 o en 14 pagas?

Se declara el total bruto anual. Que se abone en 12 o 14 pagos no cambia por sí mismo la renta anual sometida al impuesto.

¿Con dos pagadores siempre tengo que declarar?

No. En Renta 2025 el límite general es 22.000 euros si el segundo y restantes no superan 1.500; en otros casos baja a 15.876, sin perjuicio de otras rentas u obligaciones.

¿Puedo pedir que el INSS me retenga más?

Sí, mediante el trámite correspondiente. Conviene calcular antes el conjunto de ingresos para no inmovilizar dinero innecesariamente.

¿La pensión de viudedad paga IRPF?

Con carácter general, sí: es rendimiento del trabajo. No debe confundirse con las exenciones específicas de otras prestaciones.

¿Una incapacidad permanente está exenta?

La exención general de la Seguridad Social alcanza la absoluta y la gran invalidez. La total para la profesión habitual tributa.

Comprueba tu caso en la fuente oficial

Las cuantías y requisitos pueden cambiar. Antes de tomar una decisión, contrasta tu expediente en:

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